La Concejalía de Medio Ambiente, a través del Plan Local de Quemas (PLQ) aprobado en 1993 y modificado en el año 2000, gestiona el uso del fuego en el término municipal de Benidorm.
A través de estos permisos, se pueden realizar quemas de restos agrícolas, jardínería, cunetas de camino y el uso de pirotecnia, fuera del casco urbano de la ciudad.
Las solicitudes de quema se pueden tramitar en cualquier extensión administrativa municipal, o en el registro general del Ayuntamiento de Benidorm, con un período mínimo de una semana, rellenando el modelo oficial.
Por lo tanto, queda prohibido realizar fuego sin la correspondiente autorización municipal.
NORMAS GENERALES

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